ANÁLISIS INSIDER: DANA. La Abogacía ante las catástrofes: entre la solidaridad y la ética profesional
Cuando ocurre una catástrofe natural, la sociedad entera se moviliza. Médicos, bomberos, fuerzas de seguridad y, por supuesto, abogados, todos queremos ayudar. Sin embargo, nuestra profesión tiene una responsabilidad especial: debemos equilibrar ese impulso de ayuda con la protección de quienes, en momentos de extrema vulnerabilidad, necesitan tomar decisiones importantes sobre sus derechos.
La historia nos ha enseñado que tras cada gran desastre, las víctimas no solo enfrentan pérdidas materiales y personales, sino también decisiones cruciales que pueden afectar su futuro. Es precisamente en estos momentos cuando nuestra profesión debe mostrar su cara más ética y responsable.
El Consejo General de la Abogacía Española, consciente de esta realidad, ha emitido recientemente un importante comunicado que nos recuerda los límites éticos y legales de nuestra actuación profesional en estas situaciones. Su análisis nos permite reflexionar sobre cómo podemos ayudar de manera efectiva sin comprometer los principios fundamentales de nuestra profesión.
El artículo 6 del Código Deontológico expone la prohibición de “la oferta de servicios profesionales, por sí o mediante terceros, a víctimas directas o indirectas de catástrofes, calamidades públicas u otros sucesos que hubieran producido un número elevado de personas afectadas y a sus herederos y causahabientes, en momentos o circunstancias que condicionen la elección libre de Abogado y, en ningún caso, hasta transcurridos 45 días desde el hecho”.