BLANQUEO DE CAPITALES Y CRIPTOMONEDAS

BLANQUEO DE CAPITALES Y CRIPTOMONEDAS


1. CONCEPTO Y MARCO LEGAL

El blanqueo de capitales comprende las siguientes actividades:

a) Conversión o transferencia de bienes procedentes de actividad delictiva

b) Ocultación del origen, localización o propiedad de dichos bienes

c) Adquisición o utilización de bienes de origen delictivo

d) Participación en cualquiera de las actividades anteriores

2. CRIPTOMONEDAS: DEFINICIÓN LEGAL

Se define como moneda virtual:

- Representación digital de valor no emitida por banco central

- No asociada necesariamente a moneda de curso legal

- Aceptada como medio de cambio

- Almacenable y negociable electrónicamente

3. SUJETOS OBLIGADOS EN MATERIA DE CRIPTOMONEDAS

Son sujetos obligados:

- Proveedores de servicios de cambio de moneda virtual por moneda fiduciaria

- Proveedores de servicios de custodia de monederos electrónicos

- Entidades que prestan servicios de salvaguardia de claves criptográficas

4. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS

4.1. Medidas de diligencia debida:

- Identificación formal del cliente

- Identificación del titular real

- Seguimiento continuo de la relación de negocios

- Análisis especial de operaciones complejas

4.2. Medidas de control interno:

- Políticas y procedimientos de prevención

- Manual de prevención

- Órgano de control interno

- Auditoría externa

5. RIESGOS ESPECÍFICOS EN CRIPTOMONEDAS

- Anonimato en las transacciones

- Dificultad de trazabilidad

- Operaciones transfronterizas

- Volatilidad del mercado

6. MEDIDAS DE PREVENCIÓN ESPECÍFICAS

6.1. Para proveedores de servicios:

- Registro obligatorio

- Sistemas de monitorización de transacciones

- Conservación de documentación

- Comunicación de operaciones sospechosas

6.2. Para usuarios:

- Límites en operaciones anónimas

- Identificación en operaciones superiores a determinados umbrales

- Restricciones en pagos en efectivo

7. RÉGIMEN SANCIONADOR

7.1. Infracciones muy graves:

- Multa mínima de 150.000 euros

- Hasta 10% del volumen de negocios anual

- Posible revocación de autorización

7.2. Infracciones graves:

- Multa mínima de 60.000 euros

- Hasta 5.000.000 euros

- Amonestación pública

8. COOPERACIÓN INTERNACIONAL

- Intercambio de información entre UIF

- Colaboración con autoridades europeas

- Coordinación en investigaciones transnacionales

9. TENDENCIAS Y DESAFÍOS

9.1. Tecnológicos:

- Evolución constante de tecnologías blockchain

- Nuevas formas de tokens y activos digitales

- Desarrollo de DeFi (Finanzas Descentralizadas)

9.2. Regulatorios:

- Adaptación normativa continua

- Armonización internacional

- Balance entre innovación y control

10. RECOMENDACIONES PRÁCTICAS

10.1. Para entidades:

- Implementación de sistemas KYC robustos

- Monitorización continua de transacciones

- Formación específica del personal

- Actualización constante de procedimientos

10.2. Para supervisores:

- Desarrollo de capacidades técnicas

- Cooperación público-privada

- Actualización de criterios de riesgo

11. CONCLUSIONES

El marco normativo actual busca:

- Prevenir el uso ilícito de criptomonedas

- Garantizar la trazabilidad de operaciones

- Proteger el sistema financiero

- Facilitar la innovación tecnológica responsable.



Para aspectos específicos o situaciones concretas, se recomienda consultar la legislación aplicable y, en su caso, solicitar asesoramiento legal especializado.