¿Cómo denunciar el ciberacoso o ciberbullying?

 CIBERACOSO O CIBERBULLYING


1. INTRODUCCIÓN

El ciberacoso constituye una forma de violencia ejercida a través de medios digitales que requiere una respuesta legal efectiva. Detallamos el procedimiento para denunciar situaciones de ciberacoso, conforme a la legislación española vigente.

2. IDENTIFICACIÓN DEL CIBERACOSO

2.1 Conductas constitutivas de ciberacoso

- Envío reiterado de mensajes amenazantes o intimidatorios

- Difusión de contenidos personales sin consentimiento

- Suplantación de identidad en redes sociales

- Acoso continuado a través de medios digitales

- Difusión de contenidos que atenten contra la dignidad

3. PASOS PREVIOS A LA DENUNCIA

3.1 Recopilación de pruebas

- Capturas de pantalla de mensajes y publicaciones

- Registro de fechas y horas de las comunicaciones

- Conservación de correos electrónicos

- Documentación de testigos si los hubiera

- Historial de comunicaciones

3.2 Medidas inmediatas de protección

- Bloqueo del agresor en redes sociales

- Modificación de configuraciones de privacidad

- Cambio de contraseñas si es necesario

- Conservación de copias de seguridad

4. VÍAS DE DENUNCIA

4.1 Denuncia ante Fuerzas y Cuerpos de Seguridad

Según el Artículo 19 de la Ley Orgánica de protección integral a la infancia y adolescencia frente a la violencia, se debe:

- Acudir a la comisaría más cercana

- Presentar la documentación recopilada

- Aportar datos identificativos del agresor si se conocen

- Describir detalladamente los hechos

4.2 Denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos

Según el Artículo 52 de la Ley Orgánica de protección integral a la infancia y adolescencia frente a la violencia:

- Presentar denuncia a través del canal específico

- Adjuntar evidencias del uso indebido de datos personales

- Solicitar la retirada de contenidos si procede

5. CONTENIDO DE LA DENUNCIA

5.1 Elementos esenciales

- Identificación completa del denunciante

- Descripción cronológica de los hechos

- Identificación del presunto agresor (si se conoce)

- Relación de pruebas aportadas

- Testigos si los hubiera

5.2 Documentación adicional

- Informes médicos o psicológicos si existen

- Comunicaciones previas solicitando el cese

- Cualquier otra evidencia relevante

6. MEDIDAS DE PROTECCIÓN

6.1 Solicitud de medidas cautelares

Según el Artículo 45 de la Ley Orgánica de protección integral a la infancia y adolescencia frente a la violencia:

- Cese inmediato del acoso

- Prohibición de comunicación

- Retirada de contenidos lesivos

- Bloqueo de accesos

7. SEGUIMIENTO DE LA DENUNCIA

7.1 Actuaciones posteriores

- Mantener registro de nuevos incidentes

- Informar de cualquier incumplimiento

- Colaborar con la investigación

- Solicitar información sobre el estado del procedimiento

8. RECOMENDACIONES ADICIONALES

8.1 Medidas preventivas

- Mantener copias de seguridad actualizadas

- Documentar cualquier nuevo incidente

- Evitar responder a las provocaciones

- Mantener la privacidad en redes sociales

8.2 Apoyo profesional

- Buscar asesoramiento legal especializado

- Considerar apoyo psicológico si es necesario

- Contactar con asociaciones especializadas

9. CONCLUSIONES

La denuncia del ciberacoso requiere:

1. Documentación exhaustiva de las pruebas

2. Presentación formal ante autoridades competentes

3. Solicitud de medidas de protección adecuadas

4. Seguimiento activo del proceso

5. Mantenimiento de medidas de seguridad

10. MARCO LEGAL APLICABLE

Fundamentado en :

- Ley Orgánica de protección integral a la infancia y adolescencia frente a la violencia

- Artículo 172 ter del Código Penal

- Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor