Criptomonedas y Actividades Ilícitas

  Criptomonedas y Actividades Ilícitas



Relación entre las criptomonedas y las actividades ilícitas, con especial énfasis en el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, según el marco normativo español.

2. MARCO LEGAL APLICABLE

- Ley de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo

- Artículo 1 de la Ley 10/2010: Define el blanqueo de capitales y establece el ámbito de aplicación.

3. RIESGOS IDENTIFICADOS

3.1. Características que facilitan actividades ilícitas:

- Anonimato en las transacciones

- Dificultad de trazabilidad

- Operaciones transfronterizas instantáneas

- Ausencia de intermediarios financieros tradicionales

3.2. Actividades ilícitas detectadas:

- Blanqueo de capitales

- Financiación del terrorismo

- Evasión fiscal

- Fraudes y estafas

4. MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL

4.1. Obligaciones de los sujetos obligados:

- Identificación formal de clientes (Artículo 3)

- Examen especial de operaciones sospechosas (Artículo 17)

- Prohibición de revelación (Artículo 24)

4.2. Medidas específicas para criptoactivos:

- Control de proveedores de servicios

- Monitorización de transacciones

- Verificación de identidad reforzada

5. RÉGIMEN SANCIONADOR

5.1. Infracciones muy graves (Artículo 51):

- Incumplimiento del deber de comunicación

- Resistencia u obstrucción a la labor inspectora

- Incumplimiento de la prohibición de revelación

5.2. Sanciones aplicables (Artículo 56):

- Multas de hasta 10.000.000 euros

- Amonestación pública

- Revocación de autorizaciones administrativas

6. COOPERACIÓN INTERNACIONAL

Según el Artículo 48 bis:

- Cooperación con autoridades de la UE

- Intercambio de información con terceros países

- Coordinación en la suspensión de transacciones sospechosas

7. CONCLUSIONES

1. Las criptomonedas presentan vulnerabilidades específicas que pueden ser explotadas para actividades ilícitas.

2. Es fundamental la implementación de medidas de control y supervisión específicas.

3. La cooperación internacional resulta esencial para la prevención efectiva.

8. RECOMENDACIONES

1. Reforzar los sistemas de identificación y verificación de usuarios.

2. Implementar tecnología blockchain para mejorar la trazabilidad.

3. Desarrollar programas de formación específicos para autoridades.

4. Establecer protocolos de actuación coordinada internacional.