¿Cuánto tiempo pueden tener detenido a una persona antes de ponerlo a disposición judicial?

 PLAZOS DE DETENCIÓN Y PUESTA A DISPOSICIÓN JUDICIAL


I. MARCO NORMATIVO APLICABLE

- Artículo 17 de la Constitución Española

- Artículo 520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

- Artículo 496 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

II. ANÁLISIS DE LOS PLAZOS DE DETENCIÓN

1. Plazo máximo absoluto:

- La detención no podrá durar más de 72 horas (setenta y dos horas) desde el momento de la detención.

- Este plazo es improrrogable salvo en casos excepcionales previstos por la ley.

2. Plazo relativo:

- La detención debe durar el tiempo "estrictamente necesario" para realizar las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos.

- Si las averiguaciones terminan antes, debe procederse a la inmediata puesta en libertad o a disposición judicial, aunque no hayan transcurrido las 72 horas.

3. Excepciones al plazo general:

- En casos de terrorismo (Artículo 520 bis LECrim), la detención puede prorrogarse por 48 horas adicionales, previa autorización judicial.

4. Obligaciones de las autoridades:

- Según el Artículo 496 LECrim, el particular, autoridad o agente que detenga a una persona debe ponerla en libertad o a disposición judicial dentro de las 24 horas siguientes.

- La demora en la entrega puede generar responsabilidades penales.

III. GARANTÍAS DURANTE LA DETENCIÓN

1. Derechos del detenido:

- Debe ser informado de forma inmediata de sus derechos y de las razones de su detención.

- Tiene derecho a guardar silencio y a la asistencia letrada.

- Puede solicitar el procedimiento de habeas corpus si considera ilegal su detención.

2. Obligaciones de las autoridades:

- Deben realizar las diligencias de investigación sin dilaciones indebidas.

- Tienen que documentar en el atestado la hora exacta de la detención y de la puesta a disposición judicial.

IV. CONCLUSIONES

1. El plazo máximo de detención es de 72 horas, pero debe ser menor si las averiguaciones concluyen antes.

2. Existen dos límites temporales:

- Uno absoluto: 72 horas

- Uno relativo: el tiempo estrictamente necesario para las averiguaciones

3. La prolongación injustificada de la detención puede generar responsabilidades penales y administrativas.

V. RECOMENDACIONES

1. Las autoridades deben:

- Documentar con precisión los momentos de detención y puesta a disposición judicial

- Justificar la necesidad de mantener la detención si se prolonga

- Realizar las averiguaciones sin dilaciones innecesarias

2. Los detenidos deben:

- Solicitar que conste la hora exacta de su detención

- Hacer uso de su derecho a la asistencia letrada

- Utilizar el procedimiento de habeas corpus si consideran ilegal su detención