Ley de Segunda Oportunidad y concurso de acreedores

Cancelación de deudas de particulares y autónomos por la Ley de Segunda Oportunidad, concurso de acreedores de empresa y planes de reestructuración. Escrito por Joaquín López-Sidro, abogado desde 1996 y administrador concursal en ejercicio.

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Qué permite realmente la Segunda Oportunidad

La exoneración del pasivo insatisfecho permite a una persona física —particular o autónomo— cancelar las deudas que no puede pagar y volver a empezar sin arrastrarlas de por vida. No todas las deudas se exoneran igual: el crédito público tiene límites propios y los alimentos quedan fuera. Y no basta con deber dinero: hay que acreditar buena fe y que la insolvencia no se buscó.

Concurso de empresa: no es el final

El concurso se asocia al cierre, pero su función original es la contraria: ordenar la situación para que la actividad viable siga. Los planes de reestructuración permiten reorganizar la deuda antes de la insolvencia actual, e incluso imponerlos a acreedores disidentes cuando se cumplen los requisitos.

Responsabilidad de administradores

Retrasar el concurso tiene consecuencias personales. El administrador que no lo promueve en plazo puede responder con su patrimonio de las deudas posteriores, y la calificación culpable abre inhabilitación y condena a cubrir el déficit.

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